Una vez rebajado el suflé post-sentencia en primera instancia del juicio de derivación de responsabilidad a algunos miembros de la anterior junta directiva del Fútbol Club Barcelona, los propongo hacer un análisis más pausado del contenido de la sentencia (recorrida por el club y por lo tanto provisional) y de los posibles efectos para el futuro de la entidad. A pesar de su extensión (99 páginas), intentaré hacer una breve síntesis de los aspectos a mi entender más relevantes:
1º. Responsabilidad objetiva de los directivos: El juez confirma la aplicación de este régimen específico que permite exigir responsabilidades (en forma de compensación) a directivos que, en el transcurso de su mandato, hayan generado pérdidas netas (dicho de otra forma, daño patrimonial) a la entidad. Es decir, los directivos del Barça -en tanto no sea sociedad anónima deportiva- están sometidos a una normativa más exigente. Aviso para navegantes.
2º. Cuantificación del daño: Para determinar las pérdidas netas generadas durante el mandato, se estará fundamentalmente al concepto de patrimonio neto contable y por lo tanto a lo establecido en las cuentas presentadas y debidamente auditadas, sin perjuicio que en algunos casos (provisiones) se vaya más allá del período analizado para determinar con más precisión la pérdida definitiva ocasionada.
Sin entrar en el detalle del cálculo de las pérdidas netas realizado por el juez, resaltar que -desde el punto de vista económico- nos encontramos ante cuestiones de matiz que habrá que ver si se confirman en sede de la Audiencia Provincial. Utilizando un símil futbolístico, todo indica que hay partido.
3º. Cobertura del daño: En caso que el juez hubiera estimado daño, lo aseguradora tendría que hacer frente a la cobertura firmada hasta un importe máximo de 25 millones de euros. Teniendo en cuenta las cuestiones de matiz del punto anterior, no se puede descartar que la Audiencia Provincial estime que sí se ha producido daño patrimonial y condemne la aseguradora a indemnizar el club. La relevancia económica de este posible escenario puede haber pesado en la decisión de presentar el recurso.
En conclusión, la sentencia confirma el plus de exigencia a los directivos –presentes y futuros- del Barça en relación a la necesidad de preservar el equilibrio económico y patrimonial del club. Si, adicionalmente, nos dotamos de una perspectiva alejada de los debates centrados en personalismos y guerras intestinas, comprobaremos como -cada vez más- hay mecanismos de control (comisión económica, reforma estatutaria, normativa sobre control económico de la LFP) que dificultan comportamientos que puedan situar el club en un escenario de debilidad económica. Aún así, les animo a practicar una permanente y exigente fiscalización de la actuación de los directivos.
Albert Deulofeu Schilt – Economista – @Albert_Deulofeu